jueves, 9 de mayo de 2019

Futuro de la fiscalización ambiental en manos del Tribunal Constitucional

La máxima autoridad constitucional deberá resolver la acción de amparo presentada por las mineras Perubar y Cerro Verde para eliminar el Aporte por Regulación, tributo que sostiene más del 70% del presupuesto del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).

Dos de las empresas mineras más importantes del Perú han presentado una demanda al Tribunal Constitucional (TC) para eliminar el Aporte por Regulación. Este tributo, implementado desde el 2014, tiene como objetivo que las compañías extractivas abonen un porcentaje de sus ganancias, no mayor al 1%, para financiar la labor supervisora que realiza el Estado. El beneficiario del cobro es el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), ente adscrito al Ministerio del Ambiente.

Las mineras Perubar y Cerro Verde son las promotoras de este pedido.  Luego de cinco años de impulsar, sin éxito, demandas en diferentes instancias, han llevado este proceso al TC con el fin de declarar la inconstitucionalidad, ilegalidad y posterior eliminación del Aporte por Regulación (APR). Aún no hay fecha para el pronunciamiento del tribunal, pero por la relevancia del caso, este contará con el voto de sus siete magistrados.

Según la OEFA, entidad responsable de la fiscalización ambiental en el país, si se aprueba la demanda perderán más del 70% de su presupuesto. El resto proviene de lo que le asigna cada año el Ministerio de Energía y Finanzas y una pequeña parte de las multas que aplica a empresas, las cuales no se hacen efectivas porque la mayoría judicializa los pagos.

En una audiencia realizada a fines de marzo en el Tribunal Constitucional, los abogados de la minera Cerro Verde, Arturo Aza Riva y Álex Córdova Arce, sustentaron su rechazo a este tributo porque consideran que en la práctica pagan más del 1% establecido como tope. Según dijeron, tanto Osinergmin (Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería) como OEFA reciben el mencionado Aporte por Regulación, por lo que sería un doble aporte, y no solo de uno, como ocurría en la época que Osinergmin era la única institución supervisora.

La abogada y presidenta de OEFA, Tessy Torres Sánchez, desmintió este argumento y dijo que el monto recaudado por su institución y por Osinergmin, entre el 2017 y el 2019, sumaron en conjunto la cuarta parte del 1% estipulado para la facturación minera, tope establecido para el APR. Este porcentaje, agregó la funcionaria, es incluso menor del asignado entre el período 2014 - 2016, el cual representó el 0,32%.